EVAN CHRISTOPHER VARGAS, ABOGADO
Socio principal – Liberty Criminal Defense & DUI Lawyers
Más de 21 años de experiencia | Colegiado desde 2004 | Bilingüe: inglés y español
Corona: (909) 773-2356 Irvine: (949) 804-3487
Consulta gratuita
¿Te han detenido por conducir bajo los efectos de las drogas en los condados de Riverside, San Bernardino u Orange? El abogado Evan Christopher Vargas lleva desde 2004 defendiendo casos de conducción bajo los efectos de las drogas en todo el sur de California. No afrontes solo un cargo por conducir bajo los efectos de las drogas.
Conducir bajo los efectos de las drogas en California, conocida oficialmente como DUID (conducir bajo los efectos de drogas), se tipifica en virtud del artículo 23152(f) del Código de Tráfico de California. La ley establece que es ilegal que cualquier persona que se encuentre se encuentre bajo los efectos de cualquier droga conduzca un vehículo.
A diferencia de la conducción bajo los efectos del alcohol, que conlleva una sanción legal per se de 0,08 % de concentración de alcohol en sangre (BAC), no existe un umbral numérico para la conducción bajo los efectos de las drogas. La fiscalía debe demostrar que la droga mermó su capacidad para conducir tal y como lo haría una persona sobria y razonablemente prudente. Este criterio basado en la merma de la capacidad hace que estos casos dependan en gran medida de las circunstancias concretas y, en muchas situaciones, sean defendibles.
Código de Tráfico de California, artículo 23152(f): «Es ilegal que una persona que se encuentre bajo los efectos de cualquier droga conduzca un vehículo». La palabra clave es «bajo los efectos», lo que significa que la droga debe haber mermado su capacidad para conducir en un grado apreciable. |
Dado que no existen alcoholímetros de carretera para detectar drogas, las fuerzas del orden siguen un proceso de investigación en varias fases:
Cada uno de estos pasos implica un juicio subjetivo y unos procesos técnicos que un abogado con experiencia en la defensa de casos de conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas (DUID) puede examinar minuciosamente, impugnar y, posiblemente, desmontar.
Las sanciones por una condena por conducir bajo los efectos de drogas en California son similares a las de conducir bajo los efectos del alcohol y se agravan considerablemente con cada infracción posterior. Comprender estas consecuencias es fundamental para entender por qué es tan importante contar con una representación legal cualificada.
Primera infracción Delito menor | |
Cárcel | Hasta 6 meses |
Multas y tasas | Entre 1.500 y 2.000 dólares o más |
Suspensión del permiso de conducir | 6 meses (DMV) |
Escuela para conductores condenados por conducir bajo los efectos del alcohol | 3 a 9 meses |
Libertad condicional | 3 a 5 años |
IID | Posible |
Segunda infracción Delito menor | |
Cárcel | 96 horas – 1 año |
Multas y tasas | 1.800–2.800 $+ |
Suspensión del permiso de conducir | 2 años |
Escuela para conductores condenados por conducir bajo los efectos del alcohol | 18-30 meses |
Libertad condicional | 3 a 5 años |
IID | Obligatorio |
Tercera infracción Riesgo de delito grave | |
Cárcel/Prisión | 120 días – 1 año o más |
Multas y tasas | Entre 2.500 y 3.000 dólares o más |
Revocación de la licencia | 3 años |
Escuela para conductores condenados por conducir bajo los efectos del alcohol | 30 meses |
Libertad condicional | 5 años |
IID | Obligatorio |
Cada caso es diferente. Un abogado con experiencia en casos de conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas (DUID) suele poder negociar una reducción de los cargos, la desestimación de algunos de ellos o una pena alternativa que minimice estas sanciones que pueden cambiar la vida de una persona.
Aunque los delitos conllevan penas similares, los casos de conducción bajo los efectos de las drogas son fundamentalmente diferentes de los casos de conducción bajo los efectos del alcohol en aspectos que influyen directamente en la forma en que se procesan y se defienden.
Factor | Conducción bajo los efectos de drogas (DUID) – VC § 23152(f) | Conducción bajo los efectos del alcohol – VC § 23152(a/b) |
¿Límite en sí mismo? | No — únicamente en función de la discapacidad | Sí — 0,08 % de alcoholemia |
Prueba primaria | Extracción de sangre y tacto rectal | Alcohómetro o análisis de sangre |
Norma cuantificable | Subjetivo: opinión de los agentes y los expertos | Objetivo: concentración de alcohol en sangre (BAC) numérica |
Detectabilidad residual | Días en los que se detecta THC tras la alteración de las facultades | El alcohol se elimina del organismo en cuestión de horas |
Defensa en materia de recetas médicas | Posible circunstancia atenuante | N/A |
Se requiere DRE | A menudo — añade la evaluación de los 12 pasos | Rara vez |
Complejidad de la defensa | Nivel superior: pruebas más exigentes | Moderado |
La ausencia de un límite legal per se para la conducción bajo los efectos de las drogas es un arma de doble filo. Si bien implica que se te puede imputar incluso por cantidades mínimas de una sustancia en la sangre, también significa que la fiscalía debe demostrar la alteración de las facultades, lo cual es un criterio mucho más subjetivo que un abogado experto puede rebatir enérgicamente.
Una acusación por conducir bajo los efectos de drogas no equivale a una condena. Las pruebas utilizadas en los casos de conducción bajo los efectos de drogas suelen ser menos fiables de lo que mucha gente cree. El abogado Evan Vargas analiza minuciosamente todos los elementos del caso de la acusación y explora todas las estrategias de defensa posibles.
1 | Control de tráfico ilegal Si el agente carecía de sospecha razonable o causa probable para detener su vehículo, todas las pruebas recabadas tras dicha detención podrían ser excluidas en virtud de la Cuarta Enmienda. Esto puede dar lugar a la desestimación total del caso. |
2 | Cuestionar la evaluación del DRE El protocolo del experto en reconocimiento de drogas (DRE) consta de 12 pasos. Cualquier desviación, formación inadecuada o incumplimiento del procedimiento socava la validez del dictamen. Los tribunales han reconocido que las pruebas aportadas por los DRE son falibles. |
3 | Inexactitud de los análisis de sangre Las muestras de sangre pueden contaminarse, almacenarse de forma inadecuada o manipularse incorrectamente en el laboratorio. Los errores en la cadena de custodia, los artefactos de fermentación o las infracciones de los protocolos de laboratorio pueden hacer que los resultados de las pruebas no sean fiables. |
4 | No existe deterioro real La presencia de una droga en la sangre no implica necesariamente una merma de la capacidad de conducción. El THC, por ejemplo, puede detectarse durante días después de que sus efectos hayan desaparecido por completo. Cuestionamos la relación entre la sustancia y cualquier merma real de la capacidad de conducción. |
5 | Medicamentos recetados legalmente Si tomabas la medicación tal y como te la había recetado un médico y no se encontraba bajo los efectos de la misma, esto constituye una defensa muy sólida. Documentamos tu historial de recetas, la dosis y tu tolerancia para rebatir las acusaciones de estar bajo los efectos de la medicación. |
6 | Errores en las pruebas de sobriedad en la calle Las pruebas de detección de drogas (FST) son notoriamente inexactas en los casos relacionados con drogas y se ven afectadas por el nerviosismo, el cansancio, el estado físico y el entorno. Analizamos la forma en que se realizan, la formación de los agentes y las condiciones en el momento de la prueba. |
7 | Defensa ante el aumento del nivel de drogas en sangre Al igual que ocurre con la defensa basada en el aumento de la concentración de alcohol en sangre en los casos relacionados con el alcohol, podría ser posible demostrar que tu nivel de droga era más bajo mientras conducías que en el momento en que se te extrajo la muestra de sangre posteriormente, cuestionando así la cronología de la alteración de las facultades. |
8 | Extracción de sangre ilegal Una extracción de sangre debe cumplir los requisitos legales, lo que implica un consentimiento adecuado, la presencia de personal médico o una orden judicial válida. Si la extracción fue ilegal, las pruebas sanguíneas pueden ser desestimadas en su totalidad. |
Lo que hagas en las horas y días posteriores a una detención por conducir bajo los efectos del alcohol (DUID) puede influir profundamente en el resultado de tu caso. Sigue estos pasos para proteger tus derechos y proporcionar a tu abogado defensor la mejor base posible.
⚠️ La norma de los 10 días de la DMV: Este plazo no es negociable. Si no se cumple, se producirá la suspensión automática del permiso de conducir, que es independiente y se suma a cualquier sanción impuesta por un tribunal penal. Llama al al (909) 773-2356 ahora mismo si te han detenido. |
El abogado Evan Christopher Vargas, natural del sur de California, obtuvo su título de Derecho (J.D.) en la Facultad de Derecho de la Universidad de West Los Ángeles en 2003 y fue admitido en el Colegio de Abogados de California en 2004. Durante más de 20 años, ha dedicado su práctica a la defensa penal enérgica en todo el sur de California, centrándose especialmente en casos de conducción bajo los efectos del alcohol (DUI) y de conducción bajo los efectos de las drogas (DUID).
Evan es consciente de que una detención por conducir bajo los efectos de las drogas es una de las experiencias más aterradoras a las que puede enfrentarse una persona. Combina una defensa tenaz en los tribunales con una empatía genuina, guiando a cada cliente paso a paso a lo largo del proceso legal y asegurándose de que comprenda todas las opciones de las que dispone.
El bufete Liberty Criminal Defense & DUI Lawyers presta sus servicios a clientes de todo condado de Riverside (Riverside, Corona, Murrieta, Temecula, Hemet, Palm Springs) y el condado de San Bernardino (Ontario, Rancho Cucamonga, Fontana, Victorville, San Bernardino) y el condado de Orange (Irvine, Anaheim, Santa Ana, Costa Mesa, Newport Beach, Fullerton, Garden Grove) y el área metropolitana condado de Los Ángeles.
Estas son las preguntas más frecuentes sobre los cargos por conducir bajo los efectos de las drogas en California.
La conducción bajo los efectos de las drogas, o DUID (Driving Under the Influence of Drugs), se tipifica en el artículo 23152(f) del Código de Circulación de California. A diferencia de la conducción bajo los efectos del alcohol, no existe un límite legal per se; un conductor solo es culpable si las drogas han mermado su capacidad para conducir con seguridad, independientemente de la cantidad detectada. Este criterio se aplica a la marihuana, los medicamentos con receta, los medicamentos de venta libre y los estupefacientes ilegales.
En California, una primera infracción por conducir bajo los efectos de drogas (DUID) suele considerarse un delito menor que conlleva hasta 6 meses de prisión en la cárcel del condado (a menudo se evita mediante libertad condicional), multas y tasas por un importe total de entre 1.500 y 2.000 dólares o más, una suspensión del permiso de conducir por parte del DMV de 6 meses, entre 3 y 9 meses de asistencia a un curso sobre conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas, y entre 3 y 5 años de libertad condicional informal. También puede exigirse la instalación de un dispositivo de bloqueo del arranque.
Sí. La legislación de California no exime a los medicamentos recetados legalmente. Si un medicamento recetado afecta a tu capacidad para conducir con seguridad, puedes ser acusado de conducir bajo los efectos de un fármaco (DUID) en virtud del el artículo 23152(f) del Código de Tráfico de California (VC). No obstante, un abogado con experiencia puede impugnar las pruebas de la alteración de las facultades y alegar la existencia de una receta válida como parte de la defensa.
La conducción bajo los efectos del alcohol tiene un límite legal per se del 0,08 % de alcoholemia. La conducción bajo los efectos de las drogas no tiene ese límite; se basa exclusivamente en el grado de alteración de las facultades. Los casos de conducción bajo los efectos de las drogas requieren una evaluación por parte de un experto en reconocimiento de drogas (DRE), análisis toxicológicos de sangre u orina y pruebas de sobriedad en el lugar de los hechos. Esto hace que las pruebas sean más subjetivas y, a menudo, más fáciles de impugnar.
Sí. El DMV suspenderá automáticamente tu permiso de conducir tras una detención por conducir bajo los efectos de las drogas. Solo dispones de 10 días a partir de la fecha de la detención para solicitar una audiencia administrativa «per se» (APS) ante el DMV con el fin de impugnar la suspensión. Una condena penal conlleva una suspensión adicional impuesta por el tribunal.
Es posible. Una condena por conducir bajo los efectos del alcohol (DUID) puede acarrear graves consecuencias en materia de inmigración para las personas que no son ciudadanas, incluidos los titulares de la tarjeta verde y de visados. Dependiendo de las circunstancias, puede clasificarse como delito de depravación moral o como delito grave con agravantes.
Una condena por conducir bajo los efectos del alcohol (DUI) en California permanece en tu expediente de conducción del DMV durante 10 años. Puede permanecer en tus antecedentes penales de forma indefinida, a menos que se elimine. En virtud del el artículo 1203.4 del Código Penal (PC), es posible que pueda solicitar la eliminación de antecedentes tras completar el período de libertad condicional.
Sí, en muchos casos. Un abogado con experiencia en la defensa de casos de conducción bajo los efectos del alcohol (DUID) puede impugnar la legalidad de la parada de tráfico, la evaluación del DRE, los resultados de los análisis de sangre y orina, y la cadena de custodia. En ocasiones, los cargos pueden reducirse a conducción temeraria con alcohol o sin alcohol, o incluso desestimarse por completo, cuando las pruebas son insuficientes.
Sí. Aunque el consumo recreativo de marihuana es legal en California, conducir bajo sus efectos es ilegal. No existe un límite legal de THC para conducir; los agentes y los DRE evalúan la alteración de las facultades mediante pruebas de sobriedad en la vía pública y análisis de sangre. El THC puede seguir siendo detectable en sangre durante horas o días después de que la alteración haya desaparecido, lo que hace que estos casos sean muy defendibles.
Actúa con rapidez: (1) Ejerce tu derecho a guardar silencio. (2) En un plazo de 10 días desde la detención, solicita una audiencia APS ante el DMV para impugnar la suspensión de tu permiso de conducir. (3) No comentes el caso con nadie, salvo con tu abogado. (4) Ponte en contacto con un abogado con experiencia en la defensa de casos de DUID en California lo antes posible. ¡Es fundamental actuar con rapidez!
— Pide ayuda ahora —
Enfrentarse a un delito de conducción bajo los efectos de las drogas en California es algo grave. Cuanto antes cuentes con representación legal con experiencia, mayores serán tus posibilidades de obtener un resultado favorable. ¡Ponte en contacto con nosotros las 24 horas del día, los 7 días de la semana! Todas las consultas son gratuitas y confidenciales.
Corona / Inland Empire 4160 Temescal Canyon Rd, oficina 401 Corona, CA 92883 | Irvine / Condado de Orange 300 Spectrum Center Drive, oficina 400 Irvine, CA 92618 |
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